Aclaraciones sobre gastos deducibles del Rendimiento de Capital inmobiliario.
Aclaraciones sobre gastos deducibles del Rendimiento de Capital inmobiliario. NORMATIVA APLICABLE · Ley 35/2006 (LIRPF): Art. 22 a 24 · Real Decreto 439/2007 (RIRPF): Art. 13 a 16 · Ley 29/1994 (LAU): Art. 2 y 3 ¿Qué podemos considerar como gastos deducibles? Todos los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos de capital inmobiliario Pasaremos a desglosar los principales: 1. Intereses y gastos de financiación: Son deducibles los intereses de los capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del inmueble, derecho o facultad de uso o disfrute, y demás gastos de financiación, siempre que efectivamente sean a cargo del propietario o titular del derecho real. Su límite serán los ingresos, el exceso podrá deducirse en los 4 años siguientes. Se prorratean por los días que ha estado efectivamente alquilado...
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